El Gobierno blinda a RTVE frente a la deuda de hasta 1.000 millones por el IVA y desata críticas del sector

El Gobierno aprobó el pasado martes un decreto ley con el objetivo de proteger a RTVE ante una eventual obligación de pago cercana a los 1.000 millones de euros derivada de un litigio fiscal sobre el IVA correspondiente al periodo comprendido entre 2015 y 2025. La controversia sigue pendiente de resolución judicial, pero la nueva norma garantiza que, si la sentencia resulta desfavorable para la corporación pública, el impacto económico no recaerá directamente sobre sus cuentas.

La reforma modifica el tratamiento de este tipo de contingencias fiscales al reconocer como coste del servicio público los importes del IVA que RTVE no pueda deducirse. De este modo, cualquier desembolso que deba afrontar la corporación como consecuencia de futuras resoluciones judiciales podrá ser compensado por el Estado, evitando un deterioro de su patrimonio y de su situación financiera.

Hasta ahora, una eventual condena habría obligado a RTVE a asumir íntegramente la factura, con un importante efecto sobre sus cuentas. Con el nuevo decreto, ese coste pasa a considerarse inherente a la prestación del servicio público, lo que permite su cobertura mediante financiación estatal.

Una medida exclusiva para RTVE
El decreto no extiende este mecanismo al resto de radiotelevisiones públicas. Las cadenas autonómicas quedan excluidas de la posibilidad de recibir una compensación similar, a pesar de que algunas de ellas también mantienen o han mantenido litigios relacionados con la deducción del IVA. Es el caso de Telemadrid, que recientemente ha sufrido reveses judiciales en procedimientos de naturaleza similar.

La existencia de varias resoluciones desfavorables para otros entes públicos y de procedimientos todavía abiertos contra RTVE podría explicar la decisión del Ejecutivo de modificar la legislación antes de que los tribunales dicten una sentencia definitiva sobre el caso de la corporación estatal.

Desde algunas televisiones autonómicas consideran que la reforma constituye un «atraco» y sostienen que se trata de una norma «hecha a medida para Televisión Española», al dejar fuera a otros operadores públicos que afrontan problemas similares.

Rechazo de las televisiones privadas
La modificación legal también ha generado malestar entre las cadenas privadas, que interpretan el decreto como un trato de favor hacia RTVE. Fuentes del sector atribuyen el origen del conflicto a una aplicación incorrecta de los criterios fiscales durante años y defienden que, como ocurre con cualquier empresa, las consecuencias de una gestión equivocada deben ser asumidas por quien la llevó a cabo.

En su opinión, resulta difícil justificar que sea el Estado quien termine absorbiendo una posible factura de cientos de millones de euros mediante una modificación legislativa específica. Por ello, califican la iniciativa de «ley a medida» diseñada para evitar que RTVE tenga que soportar el impacto económico de una eventual sentencia desfavorable.

El respaldo de UGT
Frente a esas críticas, el sindicato UGT de RTVE ha celebrado la aprobación del decreto al considerar que corrige una situación «manifiestamente injusta» para la corporación. La organización sostiene que la medida pone fin al conflicto que RTVE arrastraba desde 2015 por la deducción del IVA y asegura que contribuye a garantizar la viabilidad futura del ente público.

Además, el sindicato entiende que la reforma elimina un «agravio comparativo» respecto al sector privado y evita que posibles costes fiscales puedan utilizarse en el futuro como argumento para justificar nuevos recortes en la corporación.

El origen del conflicto fiscal
La controversia tiene su origen en las diferencias entre el régimen fiscal aplicable a RTVE y el de las televisiones privadas. RTVE desarrolla principalmente una actividad de servicio público financiada por el Estado, que no está sujeta al mismo tratamiento del IVA que la actividad empresarial ordinaria. Solo una parte limitada de su actividad tiene carácter económico a efectos fiscales, por lo que Hacienda ha considerado que la corporación no puede deducirse la totalidad del IVA soportado en sus gastos.

Las cadenas privadas, por el contrario, desarrollan íntegramente una actividad empresarial sujeta al IVA —como la publicidad, la producción audiovisual o la comercialización de contenidos—, lo que les permite deducirse el impuesto soportado en sus costes. Esta diferencia de tratamiento fiscal es el origen del conflicto que ahora el Gobierno pretende neutralizar mediante el nuevo decreto.

Fuente: El Economista