El Supremo respalda que Hacienda haga tributar la compra de vivienda por el precio de la tasación hipotecaria

El Tribunal Supremo (TS) da vía libre a la Agencia Tributaria para obligar a los contribuyentes que compran una vivienda a pagar el impuesto de Transmisiones Patrimoniales conforme al valor del inmueble que recoge la tasación inmobiliaria, si es mayor que el precio de venta. En la mayoría de los casos, el valor de la tasación suele ser superior, ya que estos documentos están destinados a facilitar al ciudadano la obtención de la hipoteca por parte del banco.

El alto tribunal ha fijado en una sentencia del 9 de febrero y dos del día 10 que Hacienda puede entrar a comprobar el valor real del inmueble adquirido si la diferencia del precio que declara el contribuyente y del que fija la tasación hipotecaria «es relevante». Los fallos señalan que esa disparidad de valores ya justifica de por sí que el fisco inicie una comprobación sin necesidad de mayor explicación.

El Supremo fortalece con estas tres sentencias su jurisprudencia, que ya adelantó en otros tres fallos de diciembre de 2024.

«La Administración, advertida la falta de concordancia entre el valor declarado por el obligado tributario y el fijado en la tasación hipotecaria, acreditado mediante certificación emitida conforme a la legislación hipotecaria, puede […] comprobar el valor real del bien transmitido, sin que le sea exigible ninguna carga adicional», concluye el tribunal.

Una de las sentencias del 10 de febrero de la que fue ponente el magistrado Miguel de los Santos Gandarillas Martos, resuelve el litigio entre la Agencia autonómica de la Comunidad de Madrid y el contribuyente por el impuesto.

El ciudadano adquirió un inmueble por 112.500 euros y pagó el impuesto de Transmisiones sobre ese importe. Sin embargo, la Administración abrió una comprobación de valores ya que la tasación hipotecaria fijó el precio de la vivienda en 185.700 euros. El fisco emitió directamente una liquidación al comprador por este valor sin justificación alguna ni visita. El Tribunal Supremo, ahora, avala la actuación de la Agencia Tributaria autonómica.

Fuente: El Economista