El Ministerio de Hacienda ha abierto el plazo de audiencia e información pública para dos nuevos proyectos de orden ministerial que introducen modificaciones en materia tributaria y estadística.
La primera de las normas busca unificar las modificaciones de las declaraciones informativas correspondientes al ejercicio 2026, afectando a los modelos 187, 190, 198, 289 y 346, además de actualizar el anexo de gastos deducibles del modelo 210. Por su parte, la segunda orden ministerial modifica la normativa reguladora de la declaración Intrastat sobre el intercambio de bienes en la Unión Europea (UE) para elevar sus umbrales de exención.
Sobre las declaraciones informativas, la norma persigue como objetivo central mejorar la calidad de la información tributaria que reciben los contribuyentes en las campañas de Renta y en herramientas como la cartera de valores. Para evitar la dispersión normativa y garantizar un mejor conocimiento por los obligados tributarios, el texto concentra en un único marco regulatorio los ajustes técnicos aplicables. Así, se pretende mejorar la capacidad de asistencia, investigación y control de la Agencia Tributaria mediante un suministro de datos más preciso.
Entre los cambios específicos introducidos figuran nuevos campos para identificar las ayudas agrícolas desacopladas de la Política Agraria Común en el modelo 346, el detalle del régimen fiscal especial aplicable a empresas emergentes en el modelo 190 y ajustes en los diseños de registro sobre operaciones con activos financieros e instituciones de inversión colectiva en los modelos 198 y 187.
Con respecto al proyecto de orden sobre la declaración Intrastat, se busca reducir la carga administrativa indirecta que recae sobre los operadores económicos, beneficiando de forma directa a las pymes. La norma establece un umbral de exención fijado en 800.000 euros anuales tanto para el flujo de importación como para el de exportación, duplicando el límite anterior de 400.000 euros.
Intrastat es el sistema por el cual se recogen estadísticas de tráfico de mercancías entre los países de la Unión Europea.
Según las previsiones reflejadas en la memoria del proyecto, la elevación de este límite exonerará de la obligación de declarar a un 28% de las empresas en exportación y a un 30% en importación. La norma equilibra esta reducción de trabas burocráticas con el cumplimiento de las exigencias comunitarias de cobertura estadística, manteniendo una tasa de cobertura estimada del 96,2% del valor del comercio exterior, por encima del 95% mínimo exigido por los reglamentos de la Unión Europea.
Ambas iniciativas regulatorias han sido diseñadas para no generar ningún tipo de impacto presupuestario ni incremento del gasto público. En cuanto a sus calendarios de aplicación, la orden de declaraciones informativas comenzará a surtir efecto para las declaraciones del ejercicio 2026 que se presenten a partir del 1 de enero de 2027. En esa misma fecha entrará en vigor la modificación del sistema Intrastat.
Fuente: El Economista