Hacienda grava con el 21% de IVA los cursos online sin profesor en directo y la consultoría de IA

La consultoría profesional y los cursos pregrabados sin interacción directa tributan obligatoriamente al tipo general del 21% de IVA, mientras que la formación impartida de forma presencial o por videollamada en directo, como los programas de inteligencia artificial con seguimiento docente, pueden acogerse a la exención fiscal si cumple los requisitos legales previstos por la normativa, según determina la Dirección General de Tributos, en la consulta vinculante, de V0778-26, emitida el pasado 8 de abril de 2026.

La normativa comunitaria y estatal establece que la enseñanza a distancia automatizada, caracterizada por apenas requerir intervención humana y depender de internet para su funcionamiento, constituye un servicio electrónico.

Dado que la legislación del IVA no contempla ninguna exención para este tipo de prestaciones digitales, los cursos pregrabados o el acceso bajo demanda a plataformas de aprendizaje deben someterse obligatoriamente al gravamen del 21%, aun cuando los alumnos tengan la posibilidad de recibir tutorías accesorias de apoyo.

La consultoría sobre inteligencia artificial corre la misma suerte comercial. Al no consistir en servicios educativos, se clasifica como prestación de servicios estándar sujeta a la tributación ordinaria.

En el lado opuesto de la balanza fiscal, las clases presenciales y aquellas impartidas por videollamada interactiva directa sí logran acogerse a la exención fiscal prevista para la formación y el reciclaje profesional. Tributos asimila la educación remota a la docencia presencial siempre que internet sea utilizado únicamente como un medio de comunicación en tiempo real entre el docente y el alumnado.

El centro docente debe estar oficialmente autorizado o sus enseñanzas adecuadas a los planes de estudios del sistema educativo español. Y las actividades deben ser una auténtica transmisión de conocimientos y competencias en un marco organizativo estructurado, sin limitarse al carácter recreativo.

Fuente: El Economista