La Agencia Tributaria aún tendrá que devolver otros 700 millones de euros más en IRPF a los pensionistas que cotizaron a las antiguas mutualidades.
La Administración ya ha reembolsado a estos afectados 1.091 millones de euros en los siete primeros meses del año. No obstante, el Ministerio de Hacienda provisionó un total de 1.700 millones para hacer frente a estas devoluciones, según revela la Cuenta de la Administración General del Estado del ejercicio 2023 publicada en agosto.
El organismo que dirige María Jesús Montero realizó una dotación de hasta 15.300 millones de euros para afrontar distintas devoluciones a contribuyentes, de las que la mayor parte (11.271 millones) correspondían a la declaración de la Renta de 2023, elaborada en esta primavera. El documento detalla que de esa cuantía, también se incorporan devoluciones de «1.700.000.000 (de euros) por IRPF de pensionistas que realizaron aportaciones a mutualidades».
Aitor Fernández, asesor fiscal de TaxDown, señala que Hacienda ha agilizado las devoluciones solicitadas a través de este formulario desde el mes pasado. «Los clientes nos empezaron a comunicar a finales de agosto que les estaban entrando ya las devoluciones».
Dudas de los contribuyentes
Fernández indica que a pesar de la mecánica puesta en marcha por Hacienda para pagar lo tributado de más, los ciudadanos aún albergan muchas dudas, empezando por si tienen derecho o no a recibir estas devoluciones. «Hay personas que lo tienen fresco y se acuerdan perfectamente que cotizaron a una mutualidad y personas que desconocen dónde cotizaba el empresario que les pagaba. Nosotros en estos casos recomendamos solicitar la devolución a la Agencia Tributaria a través del formulario online y que sea la Administración quien se encargue de revisar si tienen o no derecho», apunta.
El motivo de las devoluciones
La Agencia Tributaria hace estas devoluciones a los pensionistas que en su día cotizaron a mutualidades laborales porque en su día tributaron de más por estas aportaciones. El Tribunal Supremo ha ido aclarando en distintas sentencias desde febrero de 2023 hasta la fecha cómo se debe minorar en el IRPF estas contribuciones. De un lado, indicó que los contribuyentes que realizaron aportaciones entre 1967 y 1978 deben deducirse en el IRPF el 25% de su pensión que corresponda con dichas aportaciones. De otro, aquellos que realizaron contribuciones antes de 1967, deben deducirse el 100% de la pensión que corresponda a las aportaciones de dichos años.
Fuente: El Economista