Hacienda dejará de emitir más de dos liquidaciones a los contribuyentes por un mismo motivo cuando las anteriores fueron anuladas por errores del propio fisco.
El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), adscrito al Ministerio de Hacienda, acoge el criterio del Tribunal Supremo del pasado mes de septiembre y prohíbe a la Agencia Tributaria llevar a cabo más de dos intentos contra un contribuyente cuando estos fueron infructuosos por sus propios fallos.
El TEAC aplica así lo que se conoce como la doctrina del doble tiro que da al fisco una segunda oportunidad de liquidación cuando se ha anulado la primera por defectos formales o materiales.
El tribunal económico fija este nuevo criterio en dos resoluciones del pasado 23 de enero. «La Administración únicamente puede dictar un segundo acto en sustitución del anulado, pero no puede emitir un tercero e incluso un cuarto, con independencia del vicio apreciado en los anteriores», concluye.
El Supremo estableció en septiembre que no cabe bajo ningún concepto ni circunstancia que Hacienda dicte terceros o más actos administrativos en sustitución de los anteriores anulados. La sentencia fijó que la Administración solo tiene dos posibilidades y la segunda es con el objetivo de dar cumplimiento a la vía revisora que anuló la primera. Es decir, para atender a la resolución de los tribunales económico-administrativos o los de la Administración de la Justicia que anularon las primeras liquidaciones.
«Bajo ningún concepto y en ninguna circunstancia es lícito que la Administración pueda dictar un tercero y, menos aún, otros subsiguientes actos administrativos […] Los principios generales de buena administración y el de buena fe, entre otros, se oponen a tal posibilidad, de manera absoluta», concluyó el alto tribunal.
Añadió que la Administración no puede tener «una oportunidad indefinida» de repetir actos administrativos hasta que acierte, en perjuicio de los ciudadanos.
Fuente: El Economista