La deducción del SMI, las ayudas para artistas y los incentivos de las CCAA, novedades en la Renta

El Ministerio de Hacienda ha publicado el borrador del nuevo modelo para presentar la declaración de la Renta que incluye como novedades la deducción de 340 euros para quienes cobren el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), la reducción del 30% para los ingresos extraordinarios de los artistas y el desglose de todas las desgravaciones que tienen las CCAA.

El texto, que estará en fase de audiencia e información pública hasta el 16 de febrero, también trae como novedad una nueva casilla que facilitará la anulación de la declaración a todos aquellos contribuyentes que no estén obligados a presentarla y, aun así lo hagan, pero que finalmente se arrepientan porque les salga a pagar al fisco.

La campaña de la Renta de 2025 tendrá lugar entre el 8 de abril y el 30 de junio de 2026, ambos incluidos.

Devolución por el SMI

Los ciudadanos que cobran el SMI, que en 2025 fue de 16.576 euros, podrán aplicarse una deducción de 340 euros para recuperar las retenciones en el salario que les practicó la empresa a lo largo del año pasado. También podrán beneficiarse gradualmente de esta reducción los salarios de hasta 18.276 euros con el objetivo de evitar errores de salto.

Deducciones por CCAA

Otra de las grandes novedades de la próxima campaña de la Renta es que el nuevo modelo por primera vez incluye 15 páginas con las distintas deducciones que tienen las CCAA de forma desglosada. De esta manera, los contribuyentes podrán conocer de manera más sencilla cuáles son las reducciones autonómicas de las que pueden beneficiarse en el IRPF por diversos motivos como nacimiento o adopción, gastos de guardería, material escolar, vivienda, reformas, veterinarios o reformas, entre otras.

Artistas

Se incluye por primera vez una deducción para los artistas que hayan recibido ingresos excepcionales el año pasado. Si estas ganancias superan un 130% la media de las obtenidas en los últimos tres años, podrán aplicar una reducción del 30% sobre el exceso. Esta medida se aprobó en diciembre de 2024, dentro de la ley que sacó adelante el impuesto mínimo del 15% para las grandes compañías.

Nulidad de la declaración

La Agencia Tributaria facilita la anulación de la declaración de la Renta a todos aquellos contribuyentes que no tengan la obligación de presentarla y, aun así, la realicen.

El fisco ha incluido en el modelo de presentación del IRPF una nueva casilla, la 125, para que todos aquellos contribuyentes que hagan la declaración sin estar obligados y luego se arrepientan porque les sale a pagar puedan pedir de forma sencilla su nulidad en periodo voluntario, que este año va del 8 de abril al 30 de junio de 2026.

Cabe recordar que los contribuyentes que cobren menos de 22.000 euros al año de un solo pagador o, en el caso de tener dos o más, perciban menos de 15.876 euros anuales, no están obligados a presentar la declaración de la Renta.

No obstante, si están en esta situación y consideran que tienen derecho a percibir alguna deducción como la de maternidad y guardería, familia numerosa o por discapacidad, entre otras, tienen obligatoriamente que presentarla para poder beneficiarse de ella.

Sin embargo, en algunas ocasiones, estos contribuyentes corren el riesgo de que en vez de que la declaración les salga a devolver, les salga a pagar. Hacienda ya permitía presentar una rectificación de la autodeclaración a estos contribuyentes, sin embargo, ahora facilita el trámite teniendo solo que rellenar una casilla.

Vehículo eléctrico y reformas

Asimismo, los contribuyentes que se hayan comprado un vehículo eléctrico enchufable, podrán aplicar una deducción del 15% del valor del coche, por un máximo de 20.000 euros. Si además instalan un punto de recarga en su inmueble, también podrán desgravarse el 15% de su coste, por un límite de 4.000 euros.

De igual modo, aquellos que hagan reformas en su vivienda para mejorar la eficiencia energética podrán deducir en el IRPF el 20% del coste, por un máximo de 5.000 euros, si bajan el consumo de calefacción y refrigeración un 7%. Y para los que lo reduzcan un 30% o logren que el inmueble tenga certificado energético A o B, la deducción será de hasta el 40% del coste de la obra, por un máximo de 7.500 euros.

No obstante, el Congreso de los Diputados ha tumbado este martes el Real Decreto-ley de diciembre en el que se encontraban estas dos deducciones por coches eléctricos y obras, aunque es previsible que el Ejecutivo las vuelva a sacar adelante mediante otro Real Decreto-ley o dentro de una futura ley.

Juego

Por primera vez se facilita la obligación de declarar las ganancias derivadas del juego, según estén o no sujetas a retención. Se diferenciará entre los juegos con fines publicitarios, como son aquellos sorteos, rifas o premios que se hagan con el objetivo de promocionar un producto o servicio (como los que se suelen hacer en las redes sociales); y aquellos que no tienen fines publicitarios como los de Loterías, la ONCE, Cruz Roja, etc.

Autónomos e IMV

Como ya viene ocurriendo en los últimos años, estarán obligados a presentar la declaración de la Renta aquellas personas que hayan trabajado como autónomos en 2025, independientemente de las ganancias obtenidas, y también los perceptores del Ingreso Mínimo Vital (IMV) y los convivientes.

La declaración se presentará entre el 8 de abril y el 30 de junio, ambos incluidos. Aquellos que domicilien el pago, tendrán solo hasta el 25 de junio para realizarla.

En el caso de que salga a pagar, podrán fraccionarlo en dos partes, el primero del 60%, y el segundo, del 40% que se abonará hasta el 5 de noviembre, incluido. Para los que lo domicilien, hasta el 2 de noviembre.

Los contribuyentes podrán pagar a Hacienda por transferencia, tarjeta o por Bizum, entre otras modalidades.

Fuente: El Economista